Especialmente en las zonas turística de costa como Altea es habitual encontrarnos con viviendas de uso vacacional. Según datos del sector, la demanda de segunda residencia sigue creciendo, tanto en el mercado nacional como extranjero. Se trata de viviendas que suelen destinarse a las vacaciones o la jubilación, pero también como inversión, tanto a futuro como a través del mercado del alquiler.

No obstante, con los nuevos intereses en la vivienda marcados por el coronavirus, donde se buscan casas en cómodas zonas residenciales tranquilas en plena naturaleza, incluso para teletrabajar, o por la falta de vivienda en el centro de las grandes ciudades, son muchos los propietarios de segundas residencias en zonas de playa que se plantean mudarse y establecerla como vivienda habitual.

Convertir la segunda residencia en vivienda habitual necesita de algunos trámites. Especialmente hay que tener en cuenta las implicaciones que tiene la residencia para la Agencia Tributaria. Antes de explicarte el proceso, aclaramos qué significan los términos de vivienda habitual y segunda residencia.

Diferencias entre vivienda habitual y segunda residencia

La vivienda habitual es la que utilizamos para residir habitualmente en un lugar determinado. De forma más concreta, y según la definición que da la Agencia Tributaria, una vivienda habitual es aquella en la que se reside durante más de 3 años o que se haya vivido allí durante 12 meses seguidos. También se entiende como vivienda habitual cuando ocurran otras circunstancias que obliguen a un cambio de domicilio, como por ejemplo un matrimonio o una separación, un nacimiento, un traslado laboral o por causas de discapacidad.

Una segunda residencia es una vivienda que se tiene además de la vivienda habitual y que se utiliza, generalmente, para pasar cortas temporadas lejos de nuestra vivienda habitual. Entran en esta definición los típicos apartamentos en la playa o en la montaña, o la casa del pueblo.
Cómo convertir una segunda residencia en vivienda habitual

El procedimiento para establecer como vivienda habitual una segunda residencia es muy sencillo. Solo habría que empadronarse en esa segunda residencia y convertirla en el domicilio fiscal. En el Ayuntamiento del municipio donde está la segunda vivienda hay que solicitar el cambio de residencia. Generalmente hay que aportar:

  • el DNI (original y fotocopia),
  • el libro de familia si tienes hijos,
  • los datos de la vivienda,
  • rellenar la hoja de inscripción.

Inmediatamente nos entregarán un Certificado o Volante de Empadronamiento. Solo queda notificar este cambio a Hacienda, presentando el Modelo 030 «Censo de obligados tributarios-Declaración censal de alta, cambio de domicilio y/o de variación de datos personales». Se puede realizar online en la web de la Agencia Tributaria. Como contribuyentes, hay que recordad que es obligatorio comunicar este cambio a Hacienda si no queremos ser sancionados con hasta 100€ y la pérdida beneficios fiscales.

Implicaciones fiscales del cambio de domicilio

Para la Agencia Tributaria, la vivienda habitual constituye el domicilio fiscal. Por tanto, será el que determine en qué comunidad autónoma se reside, sobre qué inmueble se aplicarán las posibles deducciones fiscales o por cuáles otros inmuebles se debe tributar como segunda residencia.

El cambio de domicilio afecta irremediablemente a la declaración de la renta. Las comunidades autónomas aplicar diferentes ventajas fiscales:

  • Deducciones por adquisición de vivienda. Para ello, la vivienda debe ser la habitual y se debe haber formalizado la hipoteca antes del año 2013. Después de ese año no se aplican este tipo de deducciones.
  • La vivienda habitual está exenta de tributación. Las segundas residencias tributan como rentas inmobiliarias, aunque no estén en alquiler.
  • Deducciones y tipos autonómicos propios que se aplican en la declaración de la renta. Por ejemplo, en la Comunidad Valenciana se aplican deducciones por la primera adquisición de vivienda habitual con 35 o menos años, por la adquisición de vivienda habitual por personas con discapacidad, o incluso existen ayudas para la rehabilitación de vivienda habitual.

Algunos contribuyentes se han servido de la segunda residencia para obtener ventajas fiscales empleando la picaresca. Por ejemplo, en Madrid se aplica una bonificación del 99% en el impuesto de sucesiones y donaciones, y son muchos los que utilizan una segunda residencia para obtener este beneficio. No obstante, la Agencia Tributaria ha ido afinando los métodos de control, incluso llegando a comprobar los consumos de suministros con el fin de comprobar que, efectivamente, la propiedad declarada se usa como residencia habitual.

Si tienes cualquier duda sobre el cambio de vivienda habitual o cualquier otro trámite o papeleo relacionado con la vivienda, no dudes en consultar con Ampervillas. Inmobiliaria con más de 35 años de experiencia en Altea y la Costa Blanca, te asesoramos sin compromiso.